jueves, 19 de marzo de 2009

UGTE Reclama derechos laborales


Más de 400 obreros agrupados en la Unión General de Trabajadores del Ecuador de todos los sectores del país, solicitaron la intervención de la Comisión Legislativa y de Fiscalización, para garantizar el respeto a los derechos laborales.


Para ello, presentaron dos proyectos de interpretación de la Disposición Transitoria Tercera y de reforma a la Disposición General Segunda y Disposición Transitoria Primera del Mandato Constituyente 8, mediante el cual se eliminó la tercerización e intermediación laboral y el trabajo por horas.


Los sindicalistas fueron recibidos, por el vicepresidente de la Comisión Legislativa, César Rodríguez; la presidenta de la Comisión de lo Laboral y Seguridad Social, Betty Amores y por el asambleísta Geovanny Atarihuana (MPD).


El presidente de la Unión General de Trabajadores del Ecuador, Nelson Erazo, dijo que la propuesta busca definir con claridad el alcance al Mandato No. 8 e impedir interpretaciones que pretenden desconocer e incluso eliminar algunos derechos y garantías establecidos en los contratos colectivos.


A su vez, el vicepresidente de la Comisión Legislativa, César Rodríguez, se comprometió a construir esta ley de manera inmediata, con la participación de los trabajadores, con la mayor inclusión de las propuestas y experiencias de las organizaciones.


“Los trabajadores en el Ecuador están haciendo un ejercicio pleno de una democracia participativa, que junto a la protesta traen la propuesta y eso marca la diferencia para garantizar la participación de la ciudadanía y de los sectores organizados”, resaltó, al señalar que solo la unidad, la organización y la lucha garantizará el respeto a los derechos de nuestros pueblos.


De su lado, Betty Amores, presidenta de la Comisión de lo Laboral y Seguridad Social, expresó “ningún acuerdo ministerial, decreto, o reglamento puede estar en contra de los principios de la Constitución. Si hay que hacer cambios así lo haremos, porque somos coherentes con nuestros principios”, concluyó.

1 comentario:

HPC dijo...

Vivimos la nueva revolución ciudadana. Se reforma leyes sociales pero al trabajador se lo sigue soslayando en sus derechos, En pleno siglo XXI a aplican normas del derecho y procedimiento civil. Debe estructurarse el Nuevo Codigo de Procedimiento Laboral. La prueba en el despido intempestivo debe aportarla la parte que niega tal hecho. El incumplimiento al pago de sentencias ejecutoriadas en juicios individuales y colectivos, no debe considerarse como crédito o deuda. Es un derecho que debe perseguirse no solo los bienes del deudor sino también los de público conocimiento que pertenezca a los socios, accionistas, propietarios de las empresas coligadas o que pertenezan al Grupo económico, Trush, Corporación. Debe ampliarse la estabilidad laboral de los que fueron tercerizados y del obrero en general pro un periodo de cinco años, a fin de no caer en el desempleo. Todos los rubros mandados a pagar en sentencia deben ser liquidados con el inetres del 20%. La apelación y casación debe ser derecho único de los trabajadores, en caso de que el empleador apele, debe consignar la totalidad de los valores mandados a pagar en primera isntancia, y el 50% debe entregarse directamente al trabajador aunque la sentencia no este ejecutoriada. La Asamblea constitutiva del comité especial de tabajadores en conflicto colectivo de trabajos puede estar integrado hasta por diez trabajadores sin que sea necesario la participación de mas del 50% de trbajadores. Las asociaciones laborales pueden integrarse por secciones o ramas de trabajo de una misma Empresa. Asi se podrá decir que estamos revolucionado laboralmente. Remoción de todos los funcionarios administrativos y jueces que han venido estado bajo el dominio de la partidocracia.

Asi Somos